En esta entrada voy a explicar en que consiste la certificación energética, o certificado energético, o certificado de eficiencia energética, y como se tramita en Coruña, por ser la localidad donde vivo. Recordemos que cada comunidad autónoma gestiona sus propios procedimientos de certificación. La calificación obtenida dice mucho a favor -o en contra- de la calidad del edificio y de lo que gastarás en calefacción a lo largo de su vida útil.
Si el inmueble obtiene una calificación aceptable, será más atractivo para posibles compradores o inquilinos, pues comprobarán que habitar en él no les supondrá un gasto excesivo en facturas de electricidad y combustibles.
Si el inmueble obtuviera una calificación baja, el gobierno de España, a través del Plan de Vivienda 2013-2016 establece ayudas y subvenciones para poder llevar a cabo reformas y rehabilitaciones para reducir el consumo energético y mejorar la calificación.
¿Qué verás aquí?
- 1 ¿Qué es la Certificación Energética de Edificios?
- 2 ¿Qué inmuebles deben tener el certificado energético?
- 3 ¿Cómo se obtiene la certificación energética de un inmueble?
- 4 ¿Cuándo y cómo se debe informar sobre el Certificado Energético?
- 5 ¿Qué consecuencias trae la calificación energética de un edificio o vivienda?
- 6 Certificación Energética de Edificios. ¿Qué Papeles Te Pide El Técnico En La Visita?
- 7 ¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR EN LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DEL EDIFICIO?
¿Qué es la Certificación Energética de Edificios?
Es un documento oficial redactado por un técnico competente, (los mejores: arquitecto, arquitecto técnico y aparejador, por ser los que más conocen el funcionamiento de un edificio) que sirve para conocer el consumo energético de un inmueble, y detectar la manera en que se pueden reducir las facturas de
electricidad y combustibles.
El Certificado Energético tiene una validez de 10 años.
Mediante este Certificado se realizan las comprobaciones necesarias para asignar al edificio una puntuación energética según una escala de valores:
- entre la letra ”A” (inmueble muy eficiente)
- y la “G” (inmueble menos eficiente)

Por ejemplo, si una vivienda obtiene una calificación energética “A”, significa que no requiere de gasto en calefacción durante el invierno, ni de aire acondicionado durante el verano.
Esto significa que las facturas de luz, agua y gas de esta vivienda se reducirán al mínimo.
¿Qué inmuebles deben tener el certificado energético?
El Real Decreto 235/2013, regulador del Certificado de Eficiencia Energética, especifica los inmuebles que deben ostentar el Certificado Energético a partir del 1 de Junio de 2013.
Entre estos inmuebles se encuentran:
- Edificios de nueva construcción.
- Edificios, viviendas, locales u oficinas, que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, o se oferten, promocionen y publiciten para su venta y alquiler, siempre que no dispongan de otro certificado en vigor.
- Edificios, o partes de edificios, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.
No necesitan obtener Certificado Energético:
- Los edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2
- Los edificios o viviendas, con uso inferior a cuatro meses al año, o que se prevea un consumo de energía inferior al 25 por ciento respecto de si se utilizara todo el año, justificado mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.
¿Cómo se obtiene la certificación energética de un inmueble?
El procedimiento consta de tres pasos:
1. El promotor o propietario de un edificio, vivienda o local, encarga la realización del Certificado a un técnico competente. (tirando por mi gremio, recomiendo un arquitecto técnico o aparejador)
2. El técnico visita el inmueble e inspecciona las fachadas, cubiertas, carpinterías e instalaciones.
Posteriormente introduce la información obtenida en los programas homologados por el Ministerio de Industria, que otorgan una calificación a dicho inmueble. Dicha calificación será mejor cuanta menos energía se requiera para garantizar un nivel aceptable de confort.
También, si la calificación es mejorable, se proponen medidas para reducir el consumo energético. Estas medidas son RECOMENDABLES, es decir, que el propietario no está obligado a llevarlas a cabo.

3. El propietario, una vez recibido el Certificado Energético, lo lleva al registro de la Comunidad Autónoma, en donde después de revisar el informe, se expide al peticionario la ETIQUETA ENERGÉTICA OFICIAL, que es el distintivo que muestra la calificación obtenida por ese inmueble.

El propietario adjuntará esta etiqueta a su Certificado Energético, y los conservará para atender una posible inspección por parte de la administración.
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¿Cuándo y cómo se debe informar sobre el Certificado Energético?
El vendedor/arrendador está obligado a mostrar la ETIQUETA ENERGÉTICA en toda publicidad del inmueble.
En caso de venta, el vendedor debe entregar un original del Certificado Energético al comprador.
En caso de alquiler, el arrendador debe adjuntar una fotocopia del Certificado Energético al contrato de arrendamiento.
¿Qué consecuencias trae la calificación energética de un edificio o vivienda?
Como la energía encarece su precio constantemente, la inversión realizada en estas reformas generará un ahorro en las facturas, por lo que termina siendo rentable.
La Administración Autonómica realiza inspecciones para velar por el cumplimiento de esta normativa y detectar posibles falsedades y fraudes en la elaboración de los Certificados Energéticos.
Asimismo, el comprador/inquilino podrá reclamar al vendedor/arrendador por no haberle informado sobre la calificación energética del inmueble.
En la siguiente entrada explicaré cómo tramitar la presentación de este Certificado en el registro autonómico en Coruña.
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Certificación Energética de Edificios. ¿Qué Papeles Te Pide El Técnico En La Visita?
El objetivo de este artículo es indicar los documentos de tu vivienda que va a necesitar el técnico que la visite, para realizar una correcta certificación energética del edificio.
No hace falta que prepares fotocopias para entregárselas en el momento de la visita.
Simplemente tener los documentos localizados, para que él pueda tomar anotaciones o fotografiarlos, y así hacer la toma de datos “in situ” lo más exacta posible.
¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR EN LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DEL EDIFICIO?
1. RECIBO DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (IBI)
Los datos que contiene el recibo sirven para identificar el inmueble a certificar. En dicho recibo figura su referencia catastral, y el nombre del titular de la vivienda.
La referencia catastral debe figurar en el certificado energético, y es un dato obligatorio para registrar el certificado en la oficina correspondiente de la comunidad autónoma.
Gracias a la referencia catastral se obtienen muchos otros datos de la sede electrónica del catastro:
- Antigüedad del edificio,
- Su situación respecto a otros inmuebles cercanos,
- Orientación de las fachadas (para establecer el patrón de sombras a lo largo del día),
- Número de plantas que tiene el inmueble..
También conviene tomar nota del titular que figura en dicho recibo.
Pues no es la primera vez que el propietario dice que él es el dueño del edificio, y luego en el recibo aparece también el nombre de su padre, por ejemplo.
En éste ultimo caso, los dos nombres deben figurar la certificación energética del inmueble.
2. PROYECTO DEL EDIFICIO, O MEMORIA DE CALIDADES
De esa documentación comprobamos las características de los materiales que forman los cerramientos de fachadas y cubiertas, los componentes de los muros, si llevan cámara de aire o material aislante, las carpinterías de las puertas exteriores y ventanas, los tipos de vidrios empleados..
- Los planos del edificio permiten determinar fácilmente el número de pilares y su disposición respecto a los cerramientos, si están pegados a la fachada o separados, para comprobar si existen puentes térmicos por donde escape el calor.
- Esto no exime al técnico de realizar mediciones “in situ”, para determinar la superficie que se mantiene dentro de la envolvente térmica del local o vivienda o edificio a certificar.
- Esta información también está disponible en el Libro del Edificio, si el inmueble dispone de él.
En ocasiones, los administradores de fincas disponen de copias de esta documentación, que el propietario del inmueble puede solicitar para facilitársela al técnico inspector.
Eso nos permitirá determinar la cantidad de calor que deja escapar la fachada a lo largo del día.
Èse el es objetivo final del certificado energético: Determinar la cantidad de energía que «escapa» del edificio, y qué hacer para mantenerla dentro y no gastar en combustibles.
Si el edificio ha tenido alguna rehabilitación o reforma también debe hacerse constar, indicando en qué han consistido las mejoras y a qué elementos ha afectado: si se ha mejorado la fachada, o introducido algún tipo de aislamiento..
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3. FICHAS IDENTIFICATIVAS DE LAS INSTALACIONES
Conviene tener identificada la placa de características de la caldera o termo, (para que el técnico pueda fotografiarla).
Y sino, sirve igualmente:
- El manual de usuario
- O el catálogo comercial en donde aparecen sus especificaciones: potencia nominal en kw, su rendimiento, etc.
Si es posible, sería conveniente disponer de la última ficha de la inspección obligatoria periódica de la caldera, según lo establecido por el RITE, para tomar nota del rendimiento que presenta y si hay problemas de combustión.
De igual manera, también hay que tener localizadas los folletos comerciales, o manuales de usuario del resto de instalaciones:
- de calefacción,
- agua caliente,
- aire acondicionado,
- generadores de energías renovables,
- etc.
Generalmente estos aparatos suelen tener pegatinas en donde figuran las características (marca, modelo, potencia..) cuyas especificaciones el técnico debe anotar o fotografiar.
En último caso, el propietario puede facilitar el teléfono de contacto del servicio técnico de esas instalaciones, para conocer al detalle los datos que faltan.
4. ¿Y SI EL INMUEBLE A CERTIFICAR ES UN LOCAL COMERCIAL?
En ese caso, a lo anterior tendremos que añadir los datos de las potencias de las lámparas y equipos auxiliares, que se pueden obtener de:
- Memorias de instalaciones.
- Mediciones del proyecto.
- O sinó, toma de datos en el campo.
ESTUDIO ECONÓMICO DE LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA
Para ello se puede (no es obligatorio) comprobar los recibos de la luz, gas, electricidad, gasóleo.. consumidos en el último año.
De cada factura se obtendrán los datos de la potencia consumida en kwh y el gasto económico que genera.
Espero que te haya gustado este artículo sobre los documentos que te pedirá el técnico para hacer una correcta certificación energética del edificio. Son los que se solicitan en Coruña. Posiblemente varían con los que piden en otros lugares.
Deseando que este post sobre calificación energética de edificios en Coruña haya sido de tu interés, ¡un saludo!